domingo, 26 de agosto de 2018

Tomar las medidas necesarias

"Tomar las medidas necesarias, para garantizar la recepción de los comprobantes electrónicos", es un contenido de la resolución DGT-R-048-2016, Artículo 18, cuyo destinatarios son, los NO obligados a emitir Factura Electrónica.
El pragmatismo de este contenido, requiere que:
1) Entre al ATV, vaya a Modificación de Datos en el Formulario D140 (Declaración de inscripción, modificación de datos y desinscripción del Registro Único Tributario) e indique o marque la condición de Receptor Electrónico No Emisor.
2) Ingrese al Buzón en ATV, revise las notificaciones de facturas recibidas.
3) Aprueba, Aprueba parcial o Rechaza las facturas recibidas.
De este modo, cumple con "Tomar las medidas necesarias, para garantizar la recepción de los comprobantes electrónicos". Que se traduce en la obligación de notificar a la Administración Tributaria, su conformidad con las facturas recibidas, para su respectiva validación. Lo cual se concreta con el envio de los archivos XML de a) Aprobación, b) Aprobación Parcial o c) Rechazo de los comprobantes electrónicos.
Importante, el punto 3 anterior, debe realizarlo, el NO Obligado a emitir Factura Electrónica y el Obligado también.
San José, 25/08/2018. 

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