sábado, 6 de junio de 2020

LEY DE PARKINSON

LEY DE PARKINSON
 
"el trabajo se expande hasta llenar el tiempo disponible para que se termine". (Cyril Northcote Parkinson, 1909-1993).

En tal razonamiento se tiene por sentado, que, el trabajador mide su propia capacidad de respuesta para concluir sus funciones y tareas, de tal modo que, concluye la asignación justamente en el tiempo asignado para ello.

El trabajador tiene conocimiento pleno de sus capacidades, también tiene conocimiento pleno de la nula fiscalización y nula valuación por desempeño.

El trabajador deliberadamente opta por postergar, no cumple en tiempo y forma, siendo en su mundo, necesario el cobro de horas extras . En términos de oferta y demanda el trabajador entiende que tiene un demanda cautiva, amarrada con las diferentes tipos legales en sede Judicial y Administiva, y logra el pago indebido de horas extras.

El pago (trabajo) de horas extras es una demostración aberrante de la productividad.

Como argumento a la jornada laboral de ocho horas, entre otras cosas, se afirmaba que una jornada mayor a ocho horas, las horas extras, es insalubre.

La jornada laboral extra está en contra del razonamiento subyacente en la jornada laboral de ocho horas actual.
Debiera haber pago de horas extras solo cuando sean absolutamente indispensables, imprescindibles, sine qua non.

Es importante saber que Cyril Parkinson, enunció su principio al observar y estudiar las industrias inglesas, era una crítica a la productividad de los trabajadores del sector privado.
Queda la duda, habría llegado a conclusiones distintas, si la fuente de información hubiese sido el sector público.

Gerardo Leal Orias
06/06/2020


lunes, 1 de junio de 2020

EXENTO VS EXCEPTO

EXENCION y EXCEPCIÓN

Éstas palabras vienen del adjetivo exento y excepto respectivamente; tienen una pronunciación muy parecida, incluso, su acepción tiende a confundir, a tentarnos escribir mal y comunicarnos mal. Apoyado en publicaciones especializadas me dió por aclarar el asunto. 


Exención:Eximir a una persona de algo o ventaja fiscal de la cual se puede beneficiar un contribuyente. Ej. “ese servicio tiene exención fiscal en el pago de IVA; forma parte de las exenciones tributarias de ese impuesto”.

Excepción: Exclusión de una persona, cosa, situación o condición de la generalidad de lo que se trata o de la regla común. Ej. “nunca pago los Impuestos en el BCR, siempre lo hago en el BN pero hoy haré una excepción”.

La palabra exento, típicamente está ligada a tributos, en particular al hecho de eximirse al pago, excepto no tiene cabida en este contexto.  

Gerardo Leal Orias 
  • 01/06/2020 
RECOPILADO Y COMPILADO DE:
https://www.google.com/amp/s/vibra.co/curiosidades/seccion-ortografica-exencion-vs-excepcion/amp/



miércoles, 27 de mayo de 2020

El Arrendamiento no es Renta Pasiva

LOS ARRENDAMIENTOS NO SON RENTAS PASIVAS

El arrendamiento de bienes inmuebles, alquileres, generan ingresos gravables, cuya denominación de la Ley 9635 es: renta de capital inmobiliario. 

Las autoridades de Hacienda, justifican que el alquiler de inmuebles para habitación o comercio es una renta pasiva. 

"En primer lugar habría que considerar que las rentas del capital inmobiliario son, en el caso de los alquileres, rentas pasivas, típicamente pasivas", afirmaba el exdirector de la DGT Carlos Vargas Duran. 

Recurre a una subjetiva afirmación (sacada desde sus entrañas) y compara el arrendamiento con la inversión en títulos de deuda, CDP por ejemplo. 

Su cosmovisión de rentas, gravita sobre las oportunidades posibles para cobrar impuestos.
Comprensible viniendo del exdirector, después de todo, esa ha sido su formación de empleado público de Hacienda. 

Los ingresos que genera un alquiler, habitacional o comercial no es renta pasiva por lo siguiente: 
1) Se debe contratar un notario para tener un contrato de arrendamiento

2) Debe deliberar sobre el contenido de las cláusulas del contrato

3) Debe hacer gestión de cobro

4) Debe enviar avisos de cumplimiento de la vigencia del contrato 

5) Debe hacer cálculos de índices de precios para incremento de montos

6) Debe revisar publicaciones para conocer los incrementos anuales válidos por Ley

7) Hacer visitas periódicas a la propiedad para verificar cumplimientos

8) Hacer pagos de servicios públicos

9) Aprender a usar la plataforma de ATV

10) Registrar o actualizar datos en el RUT

11) Hacer las declaraciones en el ATV todos los meses

12) En caso de desahucio acudir a la vía judicial y dar seguimiento al proceso

13) Debe atender el pasivo que pudiera haber incurrido para la compra y/o mantenimiento del bien arrendado (remodelaciones, ampliaciones, reparaciones mayores, etc.). 
Todo lo anterior supone actividades propias de la obtención de Renta. 

La descripción de actividades necesarias e insoslayables verificables, NO PRESUMIBLES, desvirtúa la existencia de renta pasiva en los ingresos por alquiler habitacional o comercial. 

No es por la existencia de un trabajador inscrito en la CCSS, lo que caracteriza una RENTA NO PASIVA; por cierto, no es una contratación laboral a tiempo completo, como afirmaba el exdirector, la ley no lo indica.
 
La razón de no ser Renta Pasivas es, las enumeradas atrás, más, otras tareas de Gestión de Administración. 

En las rentas pasivas, CDP por ejemplo el perceptor de la renta no debe hacer nada, ni siquiera pagar los impuestos, eso, lo hace el administrador de la Inversión. Sí es renta pasiva.

Abundando, es un atentado a una actividad privada que genera impuestos, pero más grave, aún, es, un atentado a la dignidad humana, que sufre estrujamiento en la posibilidad de tener techo aunque sea arrendando. 

Conclusión: la generación de renta por alquileres deben declarar sus impuestos, bajo el concepto IMPUESTO A LAS UTILIDADES no por IRCI. 

Gerardo Leal Orias 
501570280
8890 0202

domingo, 24 de mayo de 2020

"QUE DICHA" POR LA PANDEMIA


"QUE DICHA" POR LA PANDEMIA

La pandemia tiene resultados positivos de naturaleza económica. Es de gran trascendencia saber que se han identificado 300 mil trabajadores Independientes. La omisión en el  sostenimiento de los servicios de salud de los “informales”, ha sido una constante; los servicios de salud los cubre por igual, aún cuando no aportan, lo cual es injusto; se socializan los costos. 

Para ello, dice el señor presidente de la república, se deben flexibilizar los trámites y costos.

Debería también, la pandemia permitir extraer la información sobre, los fumadores que han sido afectados con COVID 19. El costo de la asistencia médica y cuidados de enfermos con patologías derivadas del fumado ha sido socializado.
 
La tolerancia de tan nefasta decisión individual de fumar en los centros laborales, es vergonzosa e injusta. 

Da mirra ver la parvada de fumadores que descuidan sus estaciones de servicios para ir a fumar. Irrespetan los tiempos para la ingesta de alimentos motivado o impulsado por la necesidad de tiempo para el fumado, ese costo también está socializado.

La perversa práctica marcada y recurrente es mayor en el sector público, justamente donde predomina el "...porta a' mi".
 
Bueno, ahí hay plata para la CCSS. Esto debería ser Individualizado, crear una especie de Contribución Especial pagada por los fumadores para la compra de equipo especial  y contratación de personal especializado. 

Puede contribuir a bajar costos, una campaña agresiva para concientizar al empleado de la CCSS a que abandone y desista de sus prácticas antiguas del robo hormiga (es que son tantos) a los médicos y otros profesionales con los "biombos", a los de proveeduría con sus compadrazgos a proveedores. 

Puede contribuir a bajar  costos, una campaña de concientización a los extranjeros que nos acompañan, para que desistan de sus malas prácticas, las cuales consiste en que, en tiempo de visitación masiva a su país de origen, acuden a los centros de salud de la CCSS a manifestar todo tipo de mal, para abastecerse de medicamentos, que luego son vendidos a pregón en los mercados de sus lugares de origen.

En fin, la pandemia nos da muy buenas enseñanzas. 
Gerardo Leal Orias
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88900202
07/05/2020


Sociedades Inactivas y el Contador


APLICACION DEL CONTADOR PRIVADO EN SOCIEDADES INACTIVAS

El 20 de diciembre del 2019 se publicó en la Gaceta las obligaciones que las sociedades inactivas (aquellas que no desarrollan actividades lucrativas) deben cumplir ante la Dirección General de Tributación (DGT), están contenidas en la resolución DGT-R-075-2019. 

Estas sociedades están obligadas a actualizar su información en el Registro Único Tributario (RUT), en caso de estar inscritas antes de esa fecha, las que se constituyan después, deben inscribirse. Deben presentar declaración patrimonial anual.

El código de actividad económica a utilizar es el número 960113 “Personas jurídicas constituidas en el país que no desarrollan actividad económica de fuente costarricense”. 

Respecto la disposición de información Contable, la sociedad Inactiva, debe presentar, el "Balance de Situación", el Estado de Situación. 

La información contable, debe exhibir Auxiliares Especiales que detallan a) fecha de adquisición del bien, b) la naturaleza del bien, c) valor de adquisición del bien y D) citas de inscripción de bienes muebles e inmuebles del Registro Nacional. 

Los Estados Financieros deben ser firmados por un Contador Privado en ejercicio. 
Los Libros de registro Contable, pueden ser Digital o físicos. 

La primera declaración en el D-135 es en marzo 2021. Por el momento se usa el conocido D-101. 

Gerardo Leal Orias 
Glo Asesoría 
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Tel. 8890 0202
gloasesoria@gmail.com 

miércoles, 8 de abril de 2020

IMPUESTO AL SALARIO IMPUESTO A LA PENSIÓN

IMPUESTO AL SALARIO
IMPUESTO  A LA PENSIÓN 

Dadas las actuales circunstancias,  la prudencia demanda un mayor control de gastos. Un tipo de gasto el cual llamaré gasto pasivo (existen muchos más), para el caso que nos ocupa, es, el monto que el empleador deduce del INGRESO BRUTO por concepto de IMPUESTO; Impuesto al Salario e Impuesto a la Pensión.  Las cosas no siempre salen bien,  es de esperar que en algún momento la deducción por IMPUESTOS haya sido mal calculada. Después de la Ley 9635, el cálculo es más complejo. Hemos trabajo en eso, hemos creado una calculadora, para que usted haga sus propios números, haga un paralelo.
Hemos dispuesto de recursos para dar acompañamiento en las solicitudes de reintegros que pudieran surgir.
Consulte, haga una cita, envié mensaje, envie correo, estaremos gustosos de apoyarle, no importa si trabaja o trabajó en una empresa pública o privada. Comuniquese, se sorprenderá.
gloasesoria@gmail.com
WhatsApp:8890 0202
Tel: 6218 4962

miércoles, 1 de abril de 2020

TASA DE INTERES PISO



“TASA DE INTERÉS PISO”

Han pedido orientación para entender, la “tasa de interés piso” a la cual se refieren los bancos del estado para argumentar no poder bajar más las tasas de interés.

Nace del mismo negocio de banca. El negocio es, “usted me da su liquidez, efectivo excedente (“superavitarios”), yo se lo presto a otros, a los “deficitarios”, a los que andan buscando plata, financiamiento.

El gasto asociada a esa dinámica del negocio, es financiado con la diferencia (spreed) que queda en la dinámica de captar y pagar tasas bajas para prestar y cobrar  tasas más altas (el interés es el precio del dinero).

Esa diferencia es el total interés cobrado por los créditos menos el total de interés pagado, con lo cual se garantiza la permanencia en el negocio.

La administración debe ser pagada. Justamente los recursos son provisto por la diferencia indicada. La retribución a los factores de producción como dicen ahora, bien dicho por cierto.  Por tanto, al llegar a cierto nivel de tasa baja, resulta insuficiente para pagar la administración. Ese nivel de tasa mínima, la más baja posible es el piso, “tasa de interés piso”.

El grosor del piso es inverso a la eficiencia administrativa del negocio. Entre más ineficiente el piso es mayor.

Se considera ineficiente, lograr los propósitos usando recursos más allá de los estrictamente necesarios, racionalmente combinados para crear, transformar y aportar valor agregado.

A estas alturas usted pode pensar, en lo estrictamente necesario y en los desmanes: fiestas, salarios exorbitantes, pensiones de lujo, aumento anual sin merito, desperdicio de recursos por materiales, equipo, software, harware, y un gran etcétera., eso se paga del spreed.

Desde hace muchísimo tiempo, desde antes de nacer,  hemos estado sometidos TODOS a financiar, sin prestar la justa atención, que terrible, pero bueno el corona virus, nos revela estas realidades cual efecto “chan en el agua”.    










lunes, 30 de marzo de 2020

Reducción de Jornada Laboral


REDUCCION DE JORNADA LABORAL

Si la alternativa ha sido reducir la jornada laboral, siga este procedimiento.
Enviar durante los tres días siguientes después de haber disminuido la jornada laboral, la solicitud de homologación a la Inspección Laboral del MTSS, debe cumplir con los requisitos o causales indicadas en la Ley 9832.

1) Hacer la solicitud de homologación.

2)Aportar la Declaración jurada.

3) Aportar la demostración de haber disminuido sus Ingresos Brutos, según criterios de la Ley 9832 y tomando en cuenta las siguientes fechas, datos e información. La fecha de declaratoria de emergencia: 16/03/2020.

-3.1)INGRESOS BRUTOS de Marzo 2019 (ver D104 de marzo 2019).

-3.2) INGRESOS BRUTOS de Marzo 2020 (ver D104 de marzo 2020).

-3.3) VARIABLES:
Y19 = Ingresos de marzo 2019
Y20 = Ingresos de marzo 2020
- e)Fórmula:
(1- (Y20/Y19))*100= Variación.

-f) Incorporar el Resumen así
_________ ________
Mes/año | Y Bruto
03/2019 | monto
03/2020 | monto
Diferencia | monto
Porcentaje| ___ %
a la Declaración Jurada.
-------------------------------------------

4) SOLICITUD

Fecha
Señores
Inspección Laboral
Ministerio de Trabajo
S.O.
Estimados señores
Dadas las nuevas condiciones adversas, venidas con la pandemia del COVID-19, me visto en la necesidad de reducir la jornada laboral a mis colaboradores al 50%, medio tiempo, aporto en anexo, los datos básicos de las personas afectadas.
Solicito en consecuencia, la homologación de mi alternativa de solución a la crisis por todos conocida.
Adjunto declaración jurada con cuadro descriptivo de mi condición empresarial.
Agradecimiento la atención que se sirvan brindar a la presente,

Suscribe,

(Persona legitimada)

---------------------------------------------

5) DECLARACION JURADA
Yo ________________, mayor, cedula: ___________, Comerciante, ____________, apercibido por quien autentica mi firma en la presente y conociendo lo que establece nuestro Código Penal Artículo 311, sobre el delito de Perjurio, DECLARO bajo fe de juramento que, mis ingresos (los ingresos de mi representada .... S.A) han disminuido en un ____ o más, motivados por los acontecimientos que dan origen a la declaratoria de emergencia del 16 de marzo del dos mil veinte. El cuadro adjunto revela lo antes dicho y forma parte de esta declaración jurada.
Por tal razón me acojo a la reducción de jornada laboral al tenor de las condiciones y requisitos establecidos en la ley 9832, por las razones que exhibe el cuadro siguiente:
_________ ________
Mes/año    | Y Bruto
03/2019      | monto
03/2020      | monto
Diferencia | monto
Porcentaje | ___ %




Firma Firma
Declarante Autentica
Abogado
=======================








sábado, 14 de marzo de 2020

SERVICIO DE CABLE

FINANZAS PERSONALES

SERVICIO DE CABLE

1) Pagar el cable, uhf..!!, hace que un mes 
sea de dos días... ¿tienes un suscripción 
por Cable, verdad? ....y solo ves un canal 
todos los días, entonces ponte a pensar, de 
tantos canales cuales son los únicos que 
ves, ahora, hasta en YouTube puedes ver esos canales de tus series favoritas. Deja de pagar Cable.

Conecta tu Celular a la pantalla, y listo. 

Busca en tu "Cel" tu serie favorita en You Tube para verla en tu TV. 
Alternativamente, puedes bajar una APP  gratis desde donde tienes acceso a los mismo canales que ofrece la cablera.
  
Desde tu plan prepago en tu celular y con el plan básico gratuita de tráfico de datos en internet, es suficiente para descargar videos de tus series y videos en streaming (en vivo).


PS:
He iniciado, una serie de TIPs para mejorar las finanzas personales. Espero que sea de mucho provecho. Déjenme sus comentarios y consultas.

Por Ejemplo:
- ¿como hago para conectar mi celular?.
- ¿Donde adquirir accesorios básicos, económicos, de fácil instalación?.
-¿cómo hago la configuración?


Saludos.

miércoles, 11 de marzo de 2020

LOS ALQUILERES NO SON RENTAS PASIVAS


LOS ALQUILERES NO SON RENTAS PASIVAS

El arrendamiento de bienes inmuebles, alquileres, generan ingresos gravables, cuya denominación de la Ley 9635 es: renta de capital inmobiliario.

Las autoridades de Hacienda, justifican que el alquiler de inmuebles para habitación o comercio es una renta pasiva.

"En primer lugar habría que considerar que las rentas del capital inmobiliario son, en el caso de los alquileres, rentas pasivas, típicamente pasivas", afirmaba el exdirector de la DGT Carlos Vargas Duran.

Recurre a una subjetiva afirmación (sacada desde sus entrañas) y compara el arrendamiento con la inversión en títulos de deuda, CDP por ejemplo.

Su cosmovisión de rentas generadas por capital inmobiliario, gravita sobre las oportunidades posibles para cobrar impuestos.
Comprensible viniendo del exdirector, después de todo, esa ha sido su formación de empleado público de Hacienda.

Los ingresos que genera un alquiler, habitacional o comercial no es renta pasiva por lo siguiente:

1) Se debe contratar un notario para tener un contrato de arrendamiento

2) Debe deliberar sobre el contenido de las cláusulas del contrato

3) Debe hacer gestión de cobro

4) Debe enviar avisos de cumplimiento de la vigencia del contrato

5) Debe hacer cálculos de índices de precios para incremento de montos

6) Debe revisar publicaciones para conocer los incrementos anuales válidos por Ley

7) Hacer visitas periódicas a la propiedad para verificar cumplimientos

8) Hacer pagos de servicios públicos

9) Aprender a usar la plataforma de ATV

10) Registrar o actualizar datos en el RUT

11) Hacer las declaraciones en el ATV todos los meses

12) En caso de desahucio acudir a la vía judicial y dar seguimiento al proceso

13) Debe atender el pasivo que pudiera haber incurrido para la compra y/o mantenimiento del bien arrendado (remodelaciones, ampliaciones, reparaciones mayores, etc.).

Todo lo anterior supone actividades propias de la obtención de Renta.

La descripción de actividades necesarias e insoslayables verificables, NO PRESUMIBLES, desvirtúa la existencia de renta pasiva en los ingresos por alquiler habitacional o comercial.

No es por la existencia de un trabajador inscrito en la CCSS, lo que caracteriza una RENTA NO PASIVA; por cierto, no es una contratación laboral a tiempo completo, como afirmaba el exdirector, la ley no lo indica.

La razón de no ser Renta Pasivas es, las enumeradas atrás, más, otras tareas de Gestión de Administración. Como la elección del Cliente y los medios de pago. 

En las rentas pasivas, CDP por ejemplo el perceptor de la renta no debe hacer nada, ni siquiera pagar los impuestos, eso, lo hace el administrador de la Inversión. Sí es renta pasiva.

Abundando, es un atentado a una actividad privada que genera impuestos, pretender  que los ingresos generados se declaren como Impuesto de Renta Capital Inmobiliario (IRCI), gravando con un 15%, el 85%  del ingreso generado. Pero más grave aún, es un atentado a la dignidad humana, que sufre estrujamiento en la posibilidad de tener techo aunque sea arrendando.

Conclusión: la generación de renta por alquileres deben declarar sus impuestos, bajo el concepto IMPUESTO RENTA SOBRE LAS UTILIDADES no por IRCI. 

lunes, 9 de marzo de 2020

IMPUESTO AL SALARIO


        IMPUESTO AL SALARIO
Los Cálculos de DEDUCCIONES para la retención de IMPUESTO AL SALARIO ha variado en complejidad, lo cual induce a errores en:
   1)    La Base Imponible
   2)    Monto a rebajar                 
   3)    Monto exento
   4)    Créditos Fiscales
   5)    Escudos Fiscales

La base imponible varía constantemente, la posibilidad de error también.
Le invitamos a tener a disposición su Asesor de Cálculo, haga su paralelo y solicite corrección si, procede.

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DATOS, INFORMACIÓN Y RECURSOS PARA EL CÁLCULO DE IMPUESTO AL SALARIO

 1) Monto de salario reportado a la CCSS

2)  Mes y año para el cual se requiere el Cálculo

3)    Tabla de tramos vigente de porcentajes de Impuesto

     4)    Monto de Fondo Voluntario de Pensión Complementaria (si existe)

    5)    Número de hijos dependientes

    6)    Cónyuges

    7)    Resolución Judicial por divorcio y/o Pensión Alimentaria (si existe)

    8)    CALCULADORA DE IMPUESTO AL SALARIO

ES UNA APLICACIÓN EXCEL que puede usar desde su Celular, Tablet, Notebook o PC.


viernes, 6 de marzo de 2020

Servicios de apoyo a las PYMEs

SERVICIOS DE APOYO A LAS PYMEs

El emprendedor tiene la opción de hacer él mismo las facturas, nosotros le apoyamos accediendo a las facturas desde nuestras propias oficinas y con esa información procedemos a hacer la Declaración del IVA.
Igualmente, nos encargarnos de hacer la Contabilidad General, la declaración anual de Renta y la información cruzada de terceros.

Si lo prefiere o fuese necesario, también le confeccionados las facturas.

Este servicio enfocado a Pymes y profesionales independientes, libera al emprendedor de tareas delegables, lo cual le facilita pensar en contenidos de mejora del negocio en marcha y aprovechar oportunidades para diversificar la inversión.

WhatsApp: 8890 0202

miércoles, 12 de febrero de 2020

SEMINARIO TALLER: ATERRICE SUS IDEAS DE NEGOCIOS




SEMINARIO TALLER: ATERRICE SUS IDEAS DE NEGOCIOS




OBJETIVOS
DEFINICION, CUANTIFICACION Y TEMPORARIZACION

1) Defina el concepto general. Ejemplo: "Quiero bajar de peso".
2) Cuantifique el objetivo ¿Cuántos Kilos quieres bajar por unidad de tiempo
3) Temporice, es decir establecer un plazo para lograr la meta (objetivo). Un día, una semana, un mes un año, etc.

ACCIONES

1) Definir la Acción o acciones a realizar para lograr el objetivo. Ejemplo ir al Gimnasio, ir a Correr, disminuir la ingesta de alimentos o una  la combinación de acciones.

2) Cuantificar el objetivo, es establecer Metas. Ejemplo: Ir a Correr K, J, S, .
3) Temporizar o poner plazo o tiempo a la acción,
Ir por una hora a correr los días K, J, S, a partir de las 5AM. O, ir al gimnasio por dos horas L, M, V, a partir de la 7PM. O, ambas.

FORMULACION FINAL DEL PROYECTO (OBJETIVO)

Al hacer la declaración final del Proyecto, es de provecho enunciar otras acciones, que contribuyen significativamente al logro de objetivos y Metas.

Quiero bajar 3 kilos en un mes, para logarlo iré a correr los días L, M, V, a las 5 A.M. E, iré al gimnasio los días K, J, S a las 7 pm. Igualmente bajaré mis raciones de comida y comeré a la misma hora todos los días.

El anterior contenido es una adaptación del Método de Jorge Benito titular de Mindful Science. Disponible en el enlace: 
https://youtu.be/LelU8zbWqbw

Cualquier declaración de propósitos, ideas, deseos, etc. en los negocios, es realizable, “aterrizable” siguiendo el método descrito.

En el Seminario Taller: Objetivos y Acciones aprenderá a dominar la técnica para "aterrizar" su idea de negocios e impulsar sus proyectos.





SEMINARIO TALLER:
ATERRICE SUS IDEAS DE NEGOCIOS
El presente taller motiva, muestra y enseña al participante crear habilidades para “aterrizar” sus ideas de negocios, las ideas de mejoras de negocio en marcha, las ideas para impulsar ventas y fidelización de Clientes. Creará alrededor de su propia idea, una estrategia para lograr lo que se haya propuesto. Es un taller participativo, cada integrante se apropia de su particular ruta de acción para lograr los objetivos, estableciendo metas y plazos que conducen al logro propuesto con resultados esperados. Cada participante declara su propósito objetivo.
El Taller es enriquecido con el intercambio de experiencias de cada uno de los participantes, lo cual lo hace vivencial. Provoca el reforzamiento de ideas alrededor de un mismo concepto, que  expone en plenaria el participante, potenciando en gran manera el aprovechamiento de nuevos conceptos, rutas de acción alternativas y aprehensión de contenidos.

PARTICIPANTES
El taller está dirigido a comerciante detallistas Asociados a la Coopedetallistas y Afiliados a la Cámara de Comerciantes Detallistas y Afines. En la apertura del Taller, un especialista en temas de economía aplicada hará la motivación del evento.

CONTENIDOS
Los contenidos son definidos por Gerardo Leal Orias, Egresado del Posgrado en Educación No Formal la Universidad de Costa Rica, actual presidente de la Comisión de Educación y Bienestar Social de Coopedetallistas. Los contenidos es una adaptación de la propuesta del Método de Jorge Benito titular de Mindful Science. Disponible en el enlace: https://youtu.be/LelU8zbWqbw

Se hace énfasis en la propuesta del participante, para lo cual cuenta con el debido acompañamiento del facilitador y asistentes idóneos, para que se refiera: a la Definición de propósito, la Cuantificación de eventos con incidencia en el propósito, y la Temporización de los eventos ligados al propósito  (proyecto) del participante.






TALLER: Aterrice sus ideas de Negocios  
DIRIGIDO A: Asociados a Coopedetallistas y Afiliados a la Cámara de Comerciantes Detallistas y Afines
 FECHA: ______/______/_______
LUGAR: Instalaciones de Capacitación del CENECOOP

HORARIO
ACTIVIDAD
RESPONSABLE
8:30 a.m.
Recepción de participantes
Miembros de la Comisión de Educación
Sra. Leticia y Sra. Emilia y Sr. Carlos

9 a.m.
Bienvenida
Director/Gerente CENECOOP Sr. Rodolfo Navas
Gerente Coopedetallistas Sr. Mauricio Camacho
Direccion Ejecutiva CANACODEA Sra. Tereza
9:30 a.m.
Palabras de motivación
Sr. Daniel Suchar Zomer
10:00 a.m.
Aspectos Administrativos seguridad y distribución áreas.
Personal de CENECOOP
10:15 a.m.
Presentación de la temática y la dinámica a desarrollar
Facilitador : Sr. Gerardo Leal Orias
10:30 a.m.
Saludo a compañeros de al lado, de atrás y delante de cada de participantes. Saludo al plenario, indicar nombre, procedencia y actividad comercial  a la cual se dedica.
El plenario de participantes
11:15 a.m.
Distribución de materiales
Miembros de la Comisión de Educación
Sra. Leticia y Sra. Emilia y Sr. Carlos

11:30 a.m.
Desarrollo puntual de los contenidos
Facilitador: Sr. Gerardo Leal Orias
12: m.
Proyección de video del Método de Jorge Benito titular de Mindful Science

Miembros de la Comisión de Educación
Sra. Leticia, Sra. Emilia y Sr. Carlos

12:30 p.m.
Almuerzo
Personal de CENECOOP
1:30 p.m.
Redacción de proyectos de participantes
Plenario de participantes
2:00 p.m.
Presentación de proyectos, observaciones de mejoras del plenario.
Plenarios de participantes
3:30 p.m.
Conclusiones,  entrega de Certificados de participación y evaluación del taller y del expositor
Personal de CENECOOP y Miembros de la CEBS de coopedetallistas: Sra. Leticia, Sra. Emilia y Sr. Carlos




Resultado de imagen de suposicion

Aportes sobre: ACCIONES que debería implementar un COMERCIANTE DETALLISTA para viajar continuamente hacia el éxito en su negocio.
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